Seguro de Vida para Guardias de Seguridad
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El seguro de Vida para Guardias de Seguridad, también como Seguro para Nocheros, Seguro para Porteros, Seguro para Conserjes, Seguro para Rondines y similares es obligatorio ante el OS10 de Carabineros para acreditar a todas las empresas que prestan estos servicios sin porte de armas, conforme lo establece el DS 93, (Art. 12° y 13° ) D.L. N° 3.607 y consistente en un seguro de vida para todo el personal que presta alguno de estos servicios obligatorio para Guardias de 18 a 75 años.
El Decreto 1773, del 5 de Abril de 2019 en su Artículo 16 dice : » Las entidades empleadoras deberán contratar un seguro vida en favor de cada vigilante privado, cuyo monto no podrá ser inferior a doscientas cincuenta unidades de fomento, el que cubrirá sus riesgos mientras desempeñe sus funciones de tal»
Por la misma tarifa ofrecemos a nuestros clientes una Cobertura de 75 UTM por Fallecimiento por cualquier causa, Incapacidad Total y Permanente 2/3 por accidente e Invalidez Accidental / Desmembramiento, Seguro que podemos emitir en minutos a precios realmente convenientes.
Adicionalmente, el Decreto 867 en su Artículo undécimo también obliga a la empresa que presta el servicio a contratar un Seguro de Responsabilidad Civil para Empresas de Seguridad. En su texto dice que la Empresa debe : «Suscribir un contrato de seguro de responsabilidad civil bajo las condiciones y términos que señala el inciso segundo del artículo 16 del decreto N° 1.773, de 1994, del Ministerio del Interior, que aprueba el reglamento del decreto ley N° 3.607, de 1981.»
Este seguro, también lo podemos emitir en minutos una vez recibida la instrucción de nuestro cliente y pagarlo en cuotas mensuales.
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¿Qué cubre el Seguro de Vida para Guardias?
El seguro para guardias es una póliza que ofrece cobertura a los profesionales de seguridad, como guardias de seguridad, nocheros, porteros, conserjes y rondines, frente a los riesgos que enfrentan en su trabajo diario.
Seguro para Guardias de Seguridad
El Seguro para Guardias de Seguridad ofrece protección a estos profesionales frente a accidentes o incidentes que puedan ocurrir durante su servicio.
Seguro para Nocheros
El Seguro para Nocheros proporciona cobertura a estos trabajadores que realizan su labor durante la noche, un horario que puede presentar riesgos adicionales.
Seguro para Porteros
El Seguro para Porteros protege a estos profesionales que controlan el acceso a edificios y propiedades, y que pueden enfrentarse a situaciones de riesgo.
Seguro para Conserjes
El Seguro para Conserjes ofrece protección a estos trabajadores que desempeñan una variedad de tareas en edificios residenciales o comerciales.
Seguro para Rondines
Finalmente, el Seguro para Rondines cubre a estos profesionales que realizan rondas de seguridad, a menudo en horarios nocturnos o en áreas de alto riesgo.
¿Por qué es Importante el Seguro para Guardias?
El seguro para guardias es importante porque ofrece protección a estos profesionales frente a los riesgos inherentes a su trabajo. Sin este seguro, podrían enfrentarse a pérdidas financieras
significativas en caso de accidente o incidente.
Conclusión
Ya sea que seas un guardia de seguridad, un nochero, un portero, un conserje o un rondín, el seguro para guardias es esencial para tu protección. Si estás interesado en adquirir un seguro para guardias, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para obtener más información y una cotización personalizada.
Esperamos que este artículo te haya proporcionado la información que necesitas sobre el seguro para guardias en Chile. Si tienes alguna pregunta, no dudes en dejarnos un comentario. ¡Estamos
aquí para ayudarte!
En Chile, el seguro para guardias de seguridad está regulado por el Decreto Supremo 93. Este seguro es obligatorio y se exige a todo empleador o empresa que tenga contratada una persona que cumpla las funciones de guardia de seguridad, nochero, portero, rondín u otros de
carácter similar sin porte de armas.
Además, en noviembre de 2023, se despachó una nueva regulación para la seguridad privada. Esta regulación busca establecer un nuevo régimen jurídico que regule de manera orgánica los distintos aspectos en materia de seguridad privada3. Las personas naturales y
jurídicas que presten servicios de seguridad privada quedarán sujetas a las normas e instrucciones de la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Es importante mencionar que existen diferencias entre los vigilantes de seguridad y los guardias de seguridad en Chile. Los vigilantes de seguridad están autorizados a portar armas y deben cumplir con el servicio militar o ser miembro en retiro de alguna rama de las Fuerzas Armadas, Carabineros,
Gendarmería o Investigaciones. Por otro lado, los guardias de seguridad no están autorizados para el uso de armas, el servicio militar no es obligatorio y las horas de acreditación son más bajas.
Para Cotizar complete este formulario o llámenos a +56 226628639 / +56 9 86597791