Asegura Guardias de Seguridad, Conserjes, Nocheros, Porteros y Rondines DL N°3.607
El Seguro para Guardias de Seguridad es obligatorio para todas las empresas y entidades que prestan servicios de seguridad sin porte de armas, conforme lo establece el DS 93, Decreto Ley N° 3.607, debiendo contratar un seguro de vida para todo el personal que presta funciones de Guardias de seguridad, Nocheros, Porteros, Rondines y similares.
La cobertura de este seguro no puede ser inferior al equivalente de 75 Unidades Tributarias Mensuales, Seguro que podemos cotizarle en minutos a precios realmente convenientes y emitir la póliza de inmediato.
Coberturas:
Fallecimiento por cualquier causa.
Incapacidad Total y Permanente 2/3 por accidente.
Invalidez Accidental / Desmembramiento.
Otros
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